A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Jorge Hernan Pulido Cardona Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se rechaza por no cumplir con el presupuesto formal de carga argumentativa suficiente
- Presupuestos formales y materiales de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitudes de nulidad de la Sentencia SU.067/22.
Se presentaron dos solicitudes de nulidad en las cuales los memorialistas alegaron la violación del derecho fundamental al debido proceso, al no valorar una prueba aportada oportunamente al proceso y omitir el análisis de asuntos con relevancia constitucional que, de haber sido considerados, habrían modificado el sentido de la decisión.
Por no cumplir con el requisito de carga argumentativa, se RECHAZARON las peticiones de nulidad mencionadas.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (25 puntos)
- Primero. RECHAZAR, por no cumplir el requisito de carga argumentativa, las solicitudes de nulidad presentadas, de manera separada, por Jorge Hernán Pulido Cardona y Pedro Alirio Quintero Sandoval, este último a través de su apoderado judicial, Carlos Alberto López Cadena, contra la Sentencia SU-067 de 2022.
- SEGUNDO. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, la presente decisión a las partes, con la advertencia de que contra esta providencia no procede recurso alguno.
- TERCERO. COMUNICAR, por intermedio de la Secretaría General, la presente decisión a través de la página web de la Corte Constitucional, a fin de que las personas que hubieren actuado como coadyuvantes en los procesos de la referencia tengan conocimiento de la decisión adoptada en esta providencia. En la publicación se advertirá que contra esta providencia no procede recurso alguno.
- Comuníquese y cúmplase,
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBÁÑEZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSÉ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- HERNÁN CORREA CARDOZO
- Magistrado (E)
- Con impedimento aceptado
- JOSE FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- Con impedimento aceptado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.